jueves, 24 de septiembre de 2015

MEJOR TIPOS DE FONDOS DE AFP


Los diferentes tipos de fondos de pensiones de las AFPs en Chile
Las cuentas de pensiones hoy estan con utilidades a favor durante el año 2016.
Quiero decir a todos ustedes señores afiliados de  AFP no deben  caer en pánico con las noticias nacionales e internacionales de los mercados que tienen perdidas, esto es normal en la economia nacionaly mundial. Las vajas de valor cuotas, considerandos los valores macro hoy estamos bien, creo en la economía del pais  esta bien con retrosesos por una serie de acomodos de valores del dolar y tenemos que seguir observando los mercados mundiales.China esta dentro de los valores de crecimientos de lo estipulados,Estados Unidos esta firme con su moneda que es Dolar.
Yo estoy escribiendo no para analizar los mercados mundiales, solo vengo a dejar una recomendacion que hoy es publica en los medio de comunicacion han estado informando y es primera vez desde hace mucho tiempo que hay una opinion muy  de acuerdo  y que a todos los afiliados de AFP .
Se recomienda no afectuar cambios de fondos por parte de los afiliados.
La Razon es muy simple de mantenerse para no tener perdidas al afectuar cabios de fondos, si cuando todo estas vajas del valor de los fondos se estabilicen empesar desde ahi mismo con el crecimientos de los valores cuotas, y  no haber tenido cambios muy importantes.
Fondo recomendable a largo plaza Fondo C

NORMATIVAS VIGENTES PENSONES EN CHILE

NORMAS QUE REGULAN DERECHOS DE LOS TRABAJADORES EN CHILE



NORMAS QUE DEBES SABER PARA TOMA UNA BUENA DECICION HOY.
MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
MATERIA: ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE  PENSIONES;

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL  IPS (EX-INP)
El instituto provisional chileno IPS fue creado con la LEY N° 20.255 del año 2008.
Tiene por objeto administrar el sistema de pensiones solidarias y la administracion del antigua sistema de pensiones, constituidos por las ex-cajas provisionales.

DECRETO LEY 3.500 ESTABLECE NUEVO SISTEMA DE PENSIONES.

LEY N° 18469  REGULA EL EJERCICIO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA PROTECCIÓN  DE LA SALUD Y CREA EL RÉGIMEN DE PRESTACIONES DE SALUD.

DFL N° 44  DE 1978 MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL FIJA NORMAS COMUNES PARA LOS SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL  TRABAJADORES DEPENDIENTE DEL SECTOR PRIVADO

LEY N° 150 DE 1981 Normas que rigen para enfermedades profesionales y accidentes profesionales, normas anteriormente mencionada es para todo trabajador dependiente del  (EX-INP) afiliados a cajas previsionales CANAEMPU, TRIOMAR, CAPREMER, SERVICIO  DE SEGURO SOCIAL...etc.

LEY N° 16.766  MINESTERIO DEL TRABAJO Y PREVISON SOCIAL
Accidentes laborales y enfermedades ocupacional,profesional.

NORMAS DE EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ FUERON PUBLICADAS EN DIARIO OFICIAL  N° 37.448   FUE PUBLICADA EL 02 DE ENERO 2003.
SE PUEDE ADQUIRIR EN EL DIARIO OFICIAL.
Estas son las normas que regulan  y califican todas las enfermedades de origen común por un medico cirujano asignado o un medico interconsultor especialista de acuerdo a la enfermedad del afiliado

DECRETO SUPREMO N° 3 DE 1984 MINISTERIO DE SALUD
Aprueba Reglamento de Autorización de  Licencias Medicas  por COMPIN  e instituciones de salud previsional.

MAS NORMAS MUY PRONTO.....!!!



domingo, 18 de mayo de 2014

GRATIS LO BUENO DE LAS AFP EN CHILE

Lo bueno de las AFP en Chile es que todo afiliado que cotiza en una AFP cada mes promedio de 60 uf debe Tener Una pensión a los 65 años igual o mayor de 60 uf menos el 7% de salud y comision por el pago mensual de administracion, dependiendo del costo de AFP que se encuentra afiliado. <esto es una realidad despues de 14 años de trabajo en el sistema de previsional y haber estado preocupado de los valores de los múltiples fondos de sus valores de cuotas y de los mercados que se invierten los ahorros previsionales de su rentabilidad, de los  propios trámites efectuados a pensionados en diferentes tipos de jubilación, anticipada de pensiones, Pensiones de Invalidez, pensión de vejez.
Quiero decir que las cotizaciones del trabajador se pagan todos los meses su descuento  previsional debe tener una pensión igual o superior de los ingresos mensuales promedio, muy importante es estar preocupado del pago de sus descuentos previsionales, por razones diaria, sufrir un accidente laboral  o accidente particular, al estar con las citizaciones pagadas las personas o trabajadores estan cubierto en salud, pagos de subsidios, al quedar con  incapacidad permanente tiene derecho a una pensión de invalidez laboral, pensión de invalidez previsional. Estas pension  tiene derecho todo trabajador o cotizante previsional.
 Pensión de Invalidez laboral   es aquella que tiene derecho todo trabajador cuando sufre un  accidente o enfermedad laboral por causa del trabajo que desarrolla,  durante el trayecto al Trabajo, pensión que deben cubrir los costos las mutuales de seguridad en Chile, IST, ACHS, Hospital de trabajador. Ley. 16.744
Pensión de invalidez común o accidente no laboral, . es aquella pensión que tiene direction derecho todo cotizante previsional al sufrir una enfermedad o accidente no laboral  quedando con incapacidad permanente o igual al 50% de Incapacidad D.L. 3.500 
Hoy debe preocuparte de sus pagos previsionales, debe ser una obligación  y asi estas asegurado  en el futuro de su familia.
Para estar cubiertos en una AFP significa cancelar los pagos previsionales de forma independiente o trabajador dependiente y así las AFPs están obligados a cubrir sus derechos previsionales, ademas estas cubierto en  salud.


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domingo, 27 de abril de 2014

RENTABILIDAD DE LOS MULTIFONDOS DE AFP


La rentabilidad de los  multifondos de AFP estan sujetos a muchos factores del mercado que se han elegidos para invertir, sectores de invercion, minería, endesa, retail, bonos etc.
Una buena forma es controlar sus ahorros previsionales es observar las cuotar de los multifondos de  AFP. Esto puede ser a corto plazo ,mediano plazo y  largo plazo.
Corto plazo ver la variación de las cuotas a un año plazo  y sacar conclucion que rentabilidad llevan sus fondos.
Mediano plazo; observar y controlar los fondos de sus ahorros que rentabilidad tienen entre un año medio a dos años.
Largo plazo; estos ahorros deben ser controlados observados a  mas de tres años efectuar comparaciones de rentabilidad de las AFP y ver cual esta con mayor rentabilidad.
Observación; no efectuar cambio de fondos para estos controles de rentabilidad de su ahorros previsionales, nunca efectuar estos cambios por razón de cada afiliado en el sistema es un caso único de ahorros, explico esto el común los trabajados hacen siempre comparaciones entre colegas de profesión. esto los mas común.
CUENTAS DE AHORROS; Las cuentas de ahorros  en AFP  son aquellas que disponen el sistema previsional para sus afiliados y cada uno con u fin diferentes y con sus propios requisitos.
Cuenta ahorro previsional obligaría; esta cuenta es la obligatoria que todo trabajador donde el empleador depositas los descuentos del 10% de su total imponible.
Cuenta de ahorro voluntaria CAV; Esta cuenta es la que todo afiliado puede ahorrar su capital disponible y tener intereses positivos o negativos  de acuerdo a valor cuota que informa AFP. Norma que regula esta cuenta.  DL 3500 art. 20.
Ahorro previsional voluntario APV:  Esta cuenta de ahorro son para aquellos afiliados de rentas altas y pueden ahorrar y rebajar los impuestos a la renta.
Las mayores perdidas de capital de ahorros de los afiliados son por el desconocimientos de como operan los diferentes multifondos del sistema previsional, especialmente cuando hay una crisis económica de los mercados nacional o mundial, sea una recesión de los países en crisis económicas que afectan a nuestros mercados, hoy como existen las cominucacion  en linea,  se esta informado, la gente confundida,  sin hacer evaluaciones personales se hacen cambio de fondos, pero esto lleva a un daño mayor que haber quedado en mismo fondo.
Fondos A; este tipo de fondos es para personas informadas con conocimiento propio de inversion y también para personas jóvenes que tienen ahorro a largo plazo, no hacer cambios de ahorros por posibles perdidas para los jóvenes.
Fondo B; Este tipo de fondo es para ahorros largo plazo, sin cambios en el futuro proximo, para que sus fondos no sufran perdidas inesperadas y esto afecta al futuro
Fondo C; Este multifondo es el mas seguro y estable para los ahorros a lago plazo y mediano plazo para incrementar sus ahorros, es mas favorito en mi asesoría para futuros pensionados
Fondo D; Este multifondo es de rentabilidad estable en el mercado, pero sus retornos son mas lentos y se aplica el IPC mensual y anual.
Fondo E: Este multifondo es el mas estable del mercado de los multifondo no tiene grandes perdidas y retornos de sus ahorros.


Sergio Silva
056 9 61510706
sergio.osc@gmail.com
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viernes, 11 de abril de 2014

PENSIONES INVALIDEZ,SOBREVIBENCIA NO CUBIERTA

Pensión  no cubierta es aquella pensión que un afiliado de AFP no tiene derecho  aporte de capital por no tener sus imposiciones pagas en la AFP mas de un año, al tener menos de un año la pensión esta semi cubierta,
Sin aporte de capital significa que su pensión es calculada con el total del capital ahorrado en el momento de sufrir un siniestro o accidente en la vida.
Semicubierto significa que su pensión se debe calcular con  el aporte por la compañía de seguros con el valor parcial, esto significa que si su pensión es total el pago  que recibe es parcial  cincuenta por ciento del total setenta por ciento.
Las pensiones que se cancelan en Chile es valores del treinta por ciento, cincuenta por ciento y setenta por ciento, valores de derecho  económico, derecho a pago
Valores asignado por  incapacidad son cincuenta por ciento y setenta por ciento, a excepciones incapacidad laboral que tiene derecho a pensión desde treinta y cinco por ciento de incapacidad y si es menor tiene derecho a indemnización laboral desde un quince por ciento de incapacidad. Ley 16774
Las AFP están obligadas a pagar un seguro de vida por cada trabajador que cancela sus imposiciones previsionales para hacer el aporte de capital necesario,  las compañías de seguros  son las que aportan el total de capital que tiene derecho cada afiliado o beneficiarios al sus sufrir algún accidente o enfermedad de carácter invalidez o muerte del afiliado.
El empleador esta obligado a  afiliarse a una caja de compensación para que los trabajadores tengan derecho a pensión, indemnización de carácter laboral, al sufrir un accidente laboral.
Esto  debes controlar  en tu vida activa  siempre cancelar las imposiciones ya sea como trabajador dependiente o como independiente para estar cubierto por  accidente o una enfermedad de carácter grave o la  muerte del afiliado.
Preocúpate por tus beneficiarios (familia) y de tu estabilidad económica en la vida.


 Consulta a:
Sergio Silva
056 961510706
sergio.osc@gmail.com

lunes, 7 de abril de 2014

GRATIS INFORMACION COMERCIAL FUTURA PENSIONES

El sistema previsional chileno tiene muchas variantes de calculo de sus  futura pension, los asistentes comerciales de las AFP Y INP no informan, por ser personal de cofianza de la empresa que ellos representan y prestan sus servicios, los afiliados o trabajadores que imponen en sistema previsional son atendidos de buena forma personal, entregando un buen servicios personalizados etc.
Aqui biene lo que usted como afiliado no sabe cuando necesita efectuar un tramite de pensión, vienen los grandes problemas de los afiliados y sus beneficiarios no tienen la misma atención, usted  debe tener requisitos y cumplir una series de documentación para que se puede efectuar sus derechos a beneficios y cobrar su pensión.
Señor afiliado usted al momento de solicitar un tramite de pensión pasa ser un afiliado pasivo y no activo y ya no contribuye con sus ingresos a su AFP. Este paso que es tan necesario para un afiliado al final de su vida laboral, pero, se encuentra  con todos los problemas que nunca encontró en su  sistema previsional, donde le solicitan documentación de acreditación por sus beneficiarios dependiendo de cada tramite que solicite hacer.
Los afiliados en este momento se dan cuenta que sus ahorros ya no están disponibles como uno piensa en la vida real diaria, sus ahorros previsionales están en custodia  bajo muchas normas que le impiden efectuar y cobrar sus beneficios y que deben ejecutar muchos tramites y cada uno de estos tienen un plazo legal para cumplir. Al final llegan a su disposición la tan anhelada pensión y no cumple con las expectativas económicas que un afiliado quiere, pero, ¿estará bien el calculo de su pensión?.
Quien le informa a usted como hace el calculo de pensión, solo se le entrega un certificado de saldo donde viene su total de ahorro previsional en uf, no le indican tazas de calculo, forma de calculo, solo indican proyecciones a futuro que no son reales.
Los cálculos de su pensión ingresan sus beneficiarios que tienen derecho a pensión, son aquellos hijos y esposa o madre de hijos naturales, los hijos deben ser menor de 18 años y estar estudiando hasta los 24  acreditar con  certificada de educación superior.
Lo mas importante que influyen en el calculo de pensión es la edad del afiliado y sus beneficiarios, esto significa para sacar el costo de pensión unitario familiar, dependiendo de estos valores  se proyecta hasta los 86 años que indica la ley que debe tener capital suficiente.
Aquí para asegurar su pensión usted como afiliado debe contratar una renta vitalicia( Contrato con compañía de seguros)  o retiro programado, (pensión en AFP), son dos alternativas que usted debe elegir bien con sus ofertas de pensión que se le entrega a cada afiliado en su certificado de ofertas Scomp.
Mi recomendación es que se contrate una Renta vitalicia, porque,  es una pensión de valor fijo con su actualizan valor uf mensual, valor proyectado a futuro de acuerdo IPC  anual. valor anual  que no pierde el valor adquisitivo
Retiro programado Pensión que ofrece AFP, valor de pensión con  re-calculo anual, variable de acuerdo a rentabilidad económica del mercado nacional y mercado mundial, de acuerdo últimos 5 años pensión en valor decreciente, su pensión esta sujeta los mercados y su rentabilidad.
Consulta o asesoría llamar a celular, enviar correo
Gracias...




Sergio Silva
sergio.osc@gmail.com
056 9 61510706

viernes, 4 de abril de 2014

PENSION CUBIERTA

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Los afiliados de  los sistemas provisionales de Chile AFP y IPS( ex-INP) tienen derecho a pensión cubierta,  siempre que estén cancelando sus cotizaciones provisionales y cumplan con los requisitos que se le exijan el sistema provisional que están afiliados.
Estar cubiertos significa estar al día con los pagos de cotizaciones, significa como trabajador independiente, dependiente.Muchos trabajadores dejan de trabajar por cualquier circunstancia y no pagan sus imposiciones y luego puede enfermarse o fallecer el afiliado y no cumplen con las normas de estar cubierto como trabajador afiliado, pero la solución es muy simple en muchos casos, solamente deben pagar las imposiciones y esto significa estar cubierto provisionalmente y tienen derechos a subsidios o pensiones cubiertas. no deje de estar cubierto no siempre son valores muy altos para tener todos sus beneficios.
si necesitan alguna consulta o apoyo provisional llamar o enviar un email a mi correo y si desea efectuar tramites en forma personal sugiero visitar fuentes de link de superintendencia de pensiones.

Sergio Silva
056 961510706
sergio.osc@gmail.com